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CAPITULO I

Denominación: Especie, nacionalidad, domicilio y objetivos de la Asociación.

Articulo 1 La denominación de la Asociación será ASOCIACIÓN DE MÉDICOS VETERINARIOS ESPECIALISTAS EN AVES – PERÚ, pudiendo usar las siglas AMEVEA – PERÚ.

Articulo 2 Duración: La duración de la Asociación será indefinida.

Articulo 3 Domicilio: El domicilio de la Asociación será la ciudad de Lima. El Consejo Directivo podrá establecer oficinas o representaciones en otro lugar del país.

CAPITULO II

Del Objeto Social.

Articulo 4 La Asociación tendrá por objeto:

•  Asociar a los médicos veterinarios especialistas en aves.

•  Incrementar, fomentar y estimular el desarrollo de la medicina veterinaria especializada en aves.

•  Promover la investigación de problemas sanitarios, genéticos, nutricionales, de manejo y del mejor aprovechamiento de las aves.

•  Promover y estimular el desarrollo científico, técnico y cultural de sus miembros, fomentando publicaciones, conferencias, cursos de especialización, congresos científicos, seminarios y demás actividades afines.

•  Orientar a la opinión pública y al gobierno sobre las cuestiones relacionadas con las ciencias avícolas.

•  Ofrecer y prestar a las demás asociaciones, laboratorios e instituciones de enseñanza avícolas el concurso técnico y científico en la materia, mediante conferencias, revistas, películas y cualquier otro medio.

•  Divulgar, dentro y fuera del país, los conocimientos adquiridos en dichas materias y mantener nexos con las asociaciones de objetivos similares, tanto nacionales como extranjeras.

•  Publicar periódicamente un medio de divulgación y/o participar en otro de especialidad análoga para publicar trabajos científicos y otros de importancia relacionados con sus objetivos.

•  Adquisición de los bienes muebles e inmuebles necesarios para el desarrollo de los fines de los anteriores.

•  Ejecución y colaboración con todo acto y contrato que se relacione con dichos propósitos.

•  La AMEVEA – PERÚ es una institución sin fines de lucro.

CAPITULO III

De los asociados.

Articulo 5 La Asociación tendrá cinco clases de asociados:

•  Honorarios.

•  Fundadores.

•  Protectores.

•  Activos.

Articulo 6 Serán asociados Honorarios las personas a quienes el Consejo Directivo confiera esta distinción, siendo ratificada por la Asamblea General en reconocimiento de sus títulos o méritos relacionados con el ramo.

Articulo 7 Serán Asociados Fundadores todos los médicos veterinarios Colegiados que cumplieran con los requisitos de inscripción ante el comité electoral de la AMEVEA – PERÚ.

Articulo 8 Serán asociados protectores todas las personas designadas por la Asociación, en base a su contribución voluntaria, con aportes técnicos o al desarrollo de sus actividades y a quienes se extenderá el certificado, acuerdo o diploma que lo acredite como tales.

Capitulo 9 Serán asociados activo, los médicos veterinarios colegiados especialistas en ciencias avícolas en ejercicio de su profesión y que a juicio de la AMEVEA puedan ser aceptados, previa solicitud para ingresar a ella, de acuerdo al capítulo IV de los presentes estatutos.

CAPITULO IV:

Requisitos de Admisión.

Articulo 10 Para ser asociado activo se requiere:

•  Poseer y presentar título de Medico Veterinarios.

•  Tener una práctica activa y continuada en materia de avicultura por más de tres años.

•  Presentar solicitud por escrito al Consejo Directivo de la Asociación.

•  Ser acreditado por dos miembros activos.

•  Pagar a la tesorería de AMEVEA la cuota de admisión de acuerdo a lo determinado en el capitulo XVI de los presentes estatutos.

Por medio del Consejo Directivo se informará al solicitante dentro de los 30 días siguientes el resultado de su solicitud.

En caso de aceptación se le extenderá la credencial correspondiente, la cual estará vigente siempre y cuando cumpla las cuotas establecidas.

Articulo 11 Para elegir a un Socio Honorario o Protector, se requiere que la postulación del candidato se haga mediante solicitud escrita al consejo Directivo, firmada por cinco o más asociados activos, exponiendo los motivos que fundamentan dicha solicitud y acompañándola de los documentos necesarios.